
1) A la pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena
2) Así como a la INHABILITACIÓN ESPECIAL para empleo o cargo público, de alcalde o miembro de corporación municipal u otro cargo de elección pública durante NUEVE AÑOS.
3) Y al abono de las costas procesales causadas, incluidas las de la acusación particular.
Notifíquese la presente resolución judicial a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial., en este mismo Juzgado, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su notificación.
Así, por esta sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de que dimana, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada que ha sido la presente sentencia en audiencia pública por la Ilma. Sra. Magistrada- Juez que la suscribe, en el día de su fecha; doy fe."