Primero le pone de Alcalde y ahora...


Los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Piélagos han procedido a la desestimación del recurso de reposición presentado el pasado 29 de marzo por Roberto Ruiz Argumosa (en representación de la Comisión Ejecutiva del Partido Socialista de Piélagos), contra las Resoluciones de Alcaldía tomadas por el alcalde del municipio, Jesús Ángel Pacheco, así como los acuerdos adoptados en Pleno bajo su presidencia que fueran posteriores a la fecha en la que el regidor fue condenado e inhabilitado por la Justicia, esto es, a partir del pasado día 25 de febrero.
Además, Argumosa, que indicaba que «ningún documento que haya firmado el alcalde tiene validez», se remitía a la nueva ley electoral para insistir en que el actual regidor «no puede continuar en su cargo», por lo que consideraba necesaria su dimisión «inmediata», así como la celebración de una sesión plenaria antes de que tengan lugar las elecciones de mayo con el fin de designar por votación a su sustituto provisional en el Consistorio.
Sin embargo, los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Piélagos no han aceptado ninguna de las pretensiones de los socialistas y han procedido, por tanto, a la desestimación del recurso. En un decreto de Alcaldía emitido el pasado lunes, ponen de manifiesto que, por un lado, «la persona física que presenta el escrito carece de legitimación para interponer dicho recurso de reposición» y que, además, «no ha acreditado que represente al Partido Socialista Obrero Español, en los términos previstos en el artículo 32.2 de la Ley 30/1992».
Por otro lado, consideran que «la interpretación que se contiene en el escrito, lo es forzada precisamente en contra del principio jurisprudencial, que señala la necesidad de interpretar de forma restrictiva todas aquellas situaciones que impidan el libre ejercicio del derecho a participar en la actividad política».
Las causas
En este sentido, continúan, «resulta que el artículo 6.2 de la Ley de Régimen Electoral (al que el PSOE hizo referencia) priva de la condición de elegible a los condenados por sentencia por los delitos de rebelión, terrorismo, contra la Administración y las Instituciones del Estado» y, aseguran, Pacheco ha sido condenado «en relación a un tipo penal contenido en el título XVI del Código Penal, que no resulta de aplicación a dicha ley».
Por todo ello, los jurídicos establecen que las interpretaciones que los socialistas efectúan en relación a la supuesta inelegibilidad del alcalde y su posible incompatibilidad «carecen de apoyo normativo y son resultado de una subjetiva e incorrecta interpretación de la normativa».
Además, en el decreto de Alcaldía indican que «es absolutamente claro y meridiano que hay que atenerse a la regulación actual de la LOREG, sin que quepa una interpretación extensiva de las causas de inelegibilidad, y por ende de incompatibilidad sobrevenida, como pretende el señor Ruiz Argumosa».
Respecto a la petición del representante socialista sobre la celebración de un Pleno, con el fin de designar a un nuevo alcalde provisional hasta las próximas elecciones, los jurídicos determinan que «carece de representación y legitimidad para exigir la celebración de una sesión extraordinaria, capacidad que únicamente corresponde al alcalde o a una solicitud interesada por 1/4 del número legal de miembros de la Corporación».
Por su parte, y en vista de que su recurso ha sido rechazado, el PSOE de Piélagos aseguró ayer que cumplirá con su advertencia y «agotará todas las vías disponibles», acudiendo al contencioso administrativo. De hecho, sus abogados ya están en ello, aseguraron.